¿Qué es el PTP y cómo lo obtengo? - TODO LO QUE DEBES SABER-

¿Qué es el Permiso Temporal de Permanencia –PTP? 
Es un documento emitido por MIGRACIONES que permite:
  • Acreditar la situación migratoria regular en el país de los ciudadanos venezolanos por el plazo de un año.
  • Desarrollar actividades en el marco de legislación peruana.
¿Qué condiciones se debe cumplir para obtener el PTP?
  • Haber ingresado legalmente al territorio peruano.
  • Encontrarse, en el territorio nacional antes de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N°023-2017-IN, es decir hasta el 31 de julio de 2017.
  • Encontrarse en el país en situación migratoria irregular como consecuencia del vencimiento de su autorización de permanencia o residencia; o que estando en situación migratoria regular opten por el referido permiso.
  • No tener antecedentes penales o judiciales a nivel nacional e internacional.
¿Qué documentos se requiere presentar para tramitar el PTP?
En atención a la naturaleza y finalidad del PTP, la solicitud es de carácter personal y se debe cumplir con los requisitos detallados a continuación:
  • Copia simple del pasaporte o cédula de identidad con el que registró su ingreso al país.
  • Pago del derecho de trámite en el Banco de la Nación de 41.90 soles
  • Declaración jurada de no poseer antecedentes policiales, penales y judiciales a nivel nacional e internacional, excepto para menores de edad y personas con discapacidad.
  • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL, sólo para mayores de edad con derechos y obligaciones civiles.
  • En caso de menores de edad, se presentará adicionalmente la partida o acta de nacimiento apostillada. En caso de no contar con la apostilla, se presentará declaración jurada de autenticidad del documento.
  • Formulario gratuito a ser llenado el día de la cita
¿Qué pasos se debe seguir?
Las solicitudes para el permiso temporal de permanencia se tramitan según el siguiente procedimiento:
a) La persona de nacionalidad venezolana realizará el trámite de manera personal en las áreas de atención de MIGRACIONES destinadas para tal fin, solicitando previamente una cita en línea en www.migraciones.gob.pe y presentando, el día de la cita, todos los documentos requeridos.
b) MIGRACIONES recibe la documentación y procederá a registrar los datos en el sistema, derivando el expediente al área correspondiente para su calificación. En caso de efectuar observaciones a la documentación presentada, efectuará el registro y concede al ciudadano el plazo máximo de diez (10) días hábiles para subsanarla. Vencido el plazo, la solicitud se tendrá por no presentada.
c) Evaluada la solicitud, MIGRACIONES, según el caso emitirá la resolución administrativa correspondiente hasta en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles.
d) Con la resolución favorable que otorga el PTP, MIGRACIONES emite el Carné de Permiso Temporal de Permanencia correspondiente.
¿Cuál es el costo del trámite?
  • S/ 41.90.
¿Qué plazo de permanencia me otorga el PTP?
  • El PTP se otorga por un plazo de un (01) año. Antes del vencimiento del documento otorgado, la persona beneficiaria deberá optar por una de las calidades migratorias establecidas en la normativa migratoria vigente
¿Hasta  cuándo puedo presentar mi solicitud?
  • El plazo es de 120 días hábiles contados a partir del día 1 de agosto de 2017.
¿Dónde debo presentar mi solicitud?
  • En la Gerencia de Servicios Migratorios de MIGRACIONES – Sede Central en Lima o en las Jefaturas Zonales a nivel nacional.
¿Debo pagar multas?
  • A las personas beneficiarias se les condonará las multas y tasas establecidas en la normativa migratoria vigente, cuyo pago se encontrara pendiente a la fecha de otorgamiento del PTP.
¿Puedo trabajar con el PTP?
  • Podrá realizar actividades económicas remuneradas sujetas al pago de impuestos, en el marco de la legislación peruana. Para tal efecto, MIGRACIONES comunicará al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el otorgamiento del permiso a efecto que se libere a la persona beneficiaria con el PTP, de restricciones de carácter laboral.
¿Qué pasa si viajo fuera del país?
  • El PTP se pierde en caso que la persona beneficiaria se ausente del territorio nacional por más de ciento ochenta y tres (183) días consecutivos o alternados desde su última salida como residente PTP, dentro de un período de trescientos sesenta y cinco (365) días, sin autorización de MIGRACIONES.
¿Qué pasa si mi solicitud no procede?
  • En caso de denegatoria o improcedencia y luego de agotada la vía administrativa, la persona que se encuentre en situación migratoria irregular deberá abandonar el país en el plazo máximo de treinta (30) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha de notificación de la resolución administrativa. La orden de salida puede prorrogarse, por única vez, por quince (15) días calendarios adicionales, siempre que medien motivos justificados.
NOTA
MIGRACIONES podrá verificar la autenticidad y veracidad de las declaraciones, documentación, información y traducciones que fueron presentadas como sustento del trámite por quienes hayan solicitado el PTP, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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